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Emergency Rent Payment Program

El Programa de Pago Para Renta de Emergencia provee asistencia para prevenir desamparo para residentes de bajos ingresos del Condado de Monterey.  Tambien proveemos asistencia con el primer mes para individuos o familias de bajos ingresos que estan desamparados en el condado de Monterey.  Despues del proceso completo, el Concilio de Abogacia puede pagar un mes de renta (maximo $900 para familias y $400 para individuos solteros) de parte del inquilino al arrendador.

Cómo aplicar
Familias desamparadas primero tienen que localizar una unidad para rentar y obtener un contrato de renta de parte del arrendor.  El aplicante entonces nos llama para hacer una cita.  Los aplicantes para la renta de emergencia para prevenir desamparo deben tener una notificacion de 3 dias del arrendador antes de hacer una cita.  Durante la entrevista la aplicación sera completada con los empleados del concilio.  Para cualquier tipo de asistencia se requiere proveer verificación de ingresos, identificación y completar el entrenamiento del manejo de presupuestos. 
Ademas se Necesita
Prevención de Desamparo    Asistencia a Desamparados
* Documentación de su emergencia      * Documentación de desamparo o desalojo
* Proveer la notificación de desalojo   * Proveer el contrato de renta
* Inquilino y arrendador deben completar el comprobante   
* Proveer el contrato de renta
La investigación el Proceso
 

Las aplicaciónes para asistencia seran revisadas y aprovadas o negadas basado en los meritos de la aplicación individual.  Los factores usados para determinar elegibilidad incluye tener ingregos adecuados para asegurar la estabilidad economica para permanecer en esa unidad para los siguientes meses, ser individuo o familia de bajos ingresos, ser residente del condado de Monterey, demostrar necesidad monetaria y:

 
Prevención de Desamparo  Asistencia a Desamparados
* Una emergencia debe existir y ser documentada  * Documentación de desamparo

*El arrendador a firmado el comprobante y acepta permitirle al inquilino seguir en la vivienda para los siguientes meses si es aprobado por nosotros.

 
   

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Last modified: 1/2/06